El reciente cambio de Gobierno en República Dominicana obligó a los funcionarios nombrados mediante decreto por el presidente electo, así como a los salientes, a realizar su declaración jurada de bienes en cumplimiento con las disposiciones establecidas en la Ley 311-14, que instituye el Sistema Nacional Autorizado y Uniforme de Declaraciones Juradas de Patrimonio de los Funcionarios y Servidores Público.
Por otra parte, la Ley 155-17 contra el lavado de activos y financiamiento del terrorismo considera a todas las personas obligadas a realizar declaración jurada de bienes, como Personas Expuestas Políticamente (PEPs), instruyendo al mismo tiempo que los sujetos obligados deben considerar a los clientes que tenga esta condición como factores de alto riesgo de lavado de dinero, y aplicar el mismo enfoque de gestión de riesgo y monitoreo sobre el cónyuge, y las personas con las que mantenga parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado, así como los asociados cercanos, y de quien realice operaciones en su nombre, así como para los salientes durante los próximos tres años.
Lo anterior significa que, debido a la transición de Gobierno, la cartera de clientes de alto riesgo de lavado de activos de todas las entidades consideradas como sujetos obligados, ha incrementado considerablemente, no solo por el mantenimiento de los ya existentes, sino también por la condición que ahora tienen los nuevos funcionarios públicos que recientemente realizaron sus declaraciones juradas de bienes, al igual que sus relacionados respectivamente.
En este sentido, los sujetos obligados tiene el reto de identificar en su base de datos todos los clientes existentes y potenciales que cumplan con esta condición, a fin de realizar una adecuada gestión del riesgo de lavado de activos y financiamiento del terrorismo que ahora representa esta cartera, aplicando los controles necesarios conforme el nivel de riesgo y realizando un monitoreo más intensificado sobre sus transacciones.
En conclusión, debido al cambio de Gobierno el riesgo de lavado de activos en nuestro país, se ha incrementado por el aumento significativo de los clientes de alto riesgo, por lo cual las autoridades competentes encargadas de la persecución de este delito, así como los sujetos obligados responsables de su prevención, deberán realizar los ajustes necesarios a sus sistemas de gestión, para dar respuesta oportuna a cualquier alerta u operaciones inusuales o sospechosas de lavado de activos que pudieran realizar estos clientes y sus relacionados.