• Sobre elDinero
  • Contacto
  • Anúnciese
Hemeroteca
Versión Impresa
elDinero Mujer
Foro Económico
Periódico elDinero
Sin resultados
Ver todos los resultados
  • Finanzas
    • Banca
    • Mercado de valores
    • Finanzas personales
  • Energía
  • Industria
    • Comercio
  • Agricultura
  • Turismo
  • Global
  • Opiniones
    • Editorial
    • Cartas al Director
    • Ojo pelao
    • Observaciones
  • elDinero Mujer
  • MÁS
    • Reportajes
    • Comercio
    • Actividades
    • Cine financiero
    • Entrevista
    • Desayuno Financiero
    • Laboral
    • Tecnología
    • ¿Quiénes compiten?
Sin resultados
Ver todos los resultados
Periódico elDinero
  • Finanzas
    • Banca
    • Mercado de valores
    • Finanzas personales
  • Energía
  • Industria
    • Comercio
  • Agricultura
  • Turismo
  • Global
  • Opiniones
    • Editorial
    • Cartas al Director
    • Ojo pelao
    • Observaciones
  • elDinero Mujer
  • MÁS
    • Reportajes
    • Comercio
    • Actividades
    • Cine financiero
    • Entrevista
    • Desayuno Financiero
    • Laboral
    • Tecnología
    • ¿Quiénes compiten?
Sin resultados
Ver todos los resultados
Periódico elDinero
Sin resultados
Ver todos los resultados

Dos espaldarazos al arbitraje en República Dominicana

Jaime M. Senior FernándezPorJaime M. Senior Fernández
25 March, 2021
en EconoLegales
WhatsappFacebookTwitterTelegram

El arbitraje es una valiosa forma de resolución alternativa de disputas que tiene un largo arraigo en República Dominicana. Por medio de éste, las partes en un contrato pactan que cualquier diferendo que pueda surgir será resuelto a través de procedimientos de administración de justicia privado, los cuales, además de asegurar mayor confidencialidad, ofrecen eficiencia y seguridad.

Nuestro país cuenta con una moderna ley de arbitraje comercial que data del año 2008, aunque la tradición de la resolución alternativa de disputas antedata esa ley por varias décadas. No obstante, todavía se observan ciertos cuestionamientos y escepticismo a la aceptación de estos mecanismos, incluyendo miembros del ámbito judicial; pero dos recientes sentencias son importantes precedentes en la promoción del arbitraje.

En primer término, el Tribunal Constitucional recientemente publicó su Sentencia 425-20, respecto a un recurso en revisión constitucional de una sentencia del Poder Judicial en la cual se aceptó el uso del arbitraje en materia de una litis inmobiliaria. La controversia básicamente se centraba en la cuestión de si esta era una materia que podría ser objeto del arbitraje, ya que asuntos de “orden público” solo pueden ser juzgadas por tribunales ordinarios, y no en arbitraje.

En el caso que nos ocupa, es de gran importancia que tanto la Suprema Corte de Justicia (SCJ), en sus atribuciones de casación (justicia ordinaria), y también el TC, en funciones de revisión constitucional, admitieron que efectivamente sí se podía someter esta materia al arbitraje.

De manera clave, el TC afirmó que “debe entenderse el proceso de arbitraje como un sistema de solución de controversias que está cimentado en el principio de la autonomía de las voluntades de las personas”, y resaltando “la estabilidad jurídica y fuerza vinculante de los procesos de arbitraje”, es decir, reconociendo y reafirmando el carácter voluntario y vinculante del arbitraje.

La otra sentencia emana de la Suprema Corte de Justicia y, al igual que la sentencia del TC, reafirma la validez y poder vinculante de la cláusula arbitral. En esta sentencia, la SCJ afirma: “las cláusulas arbitrales deben ser respetadas tanto por los jueces del fondo como los jueces de lo provisional, debiendo los primeros declarar su incompetencia cuando les sea solicitada”, nuevamente resaltando que es la obligación de los jueces desapoderarse de casos en los cuales se evidencia la existencia de una cláusula arbitral.

En la misma sentencia se reitera el principio de que es el tribunal arbitral que debe decidir sobre su competencia (denominado principio “kompetenz-kompetenz”), término que es utilizado por la SCJ en su sentencia. También hace referencia a una sentencia de la SCJ de Estados Unidos en la materia, demostrando el alcance y la aceptación internacional del arbitraje.

Sin lugar a dudas, el arbitraje continúa siendo una importante herramienta, cuya aceptación en nuestro ordenamiento jurídico aumenta a diario. Con espacios como el Centro de Resolución de Controversias (CRC), disponible para dirimir estos conflictos, las dos sentencias les dan un espaldarazo al arbitraje y su uso en nuestro país.

Archivado en: Arbitrajearbitraje en República Dominicana
Publicación anterior

Razones de la apreciación del peso frente al dólar

Siguiente publicación

Para inversionistas con mayor tolerancia al riesgo

Jaime M. Senior Fernández

Jaime M. Senior Fernández

Otros lectores también leyeron...

Banco Mundial

Economistas elogian la decisión de Honduras de dejar el ente arbitral del Banco Mundial

El más reciente caso resuelto fue en el sector de las energías renovables. | Fuente externa

Arbitrajes internacionales en República Dominicana: Cuándo, por qué y sus resultados

Revisitando al arbitraje comercial

omc

El sistema de arbitraje de la OMC, al borde del colapso por los vetos de Estados Unidos

conferencia por 57 años confederación autónoma sindical clasista (1)

El CRC ha incrementado un 30% sus casos de arbitraje en últimos años

camara de comercio

Experto califica a RD como una “referencia” en arbitraje

Siguiente publicación

Para inversionistas con mayor tolerancia al riesgo

Deje un comentario

Últimas noticias

Gobierno iniciará programa “Abriendo Caminos” con intervención de más de 240 kilómetros rurales

5 April, 2026
El arroz es considerado uno de los cultivos más seguros y rentables en República Dominicana.

Arroz es un cultivo estratégico para el relevo generacional de sector agropecuario

5 April, 2026
La llegada de pasajeros vía aérea a República Dominicana continúa mostrando un comportamiento positivo.

Llegadas aéreas superan las 35 mil en un día en República Dominicana

5 April, 2026
Deudores en República Dominicana en un entorno de mayor control del crédito.

Adultos de 31 a 45 años son los más endeudados en la banca dominicana

5 April, 2026

Tránsito en Semana Santa 2026 rompe récord: más de 891,000 vehículos cruzan los peajes en tres días

4 April, 2026

Periodismo económico y financiero responsable

EDITORIAL CM, SAS
Edificio Corporativo MARTÍ
Rafael Augusto Sánchez, esquina Winston Churchill,
Ensanche Piantini, Santo Domingo, RD.

Newsletter

  • Sobre elDinero
  • Hacemos esto…
  • Contacto

© 2015 - 2025 Periódico elDinero - Todos los derechos reservados.

Sin resultados
Ver todos los resultados
  • Finanzas
    • Banca
    • Mercado de Valores
    • Finanzas personales
  • Energía
  • Industria
  • Agricultura
  • Turismo
  • Mercado global
  • Opiniones
  • elDinero Mujer
  • Contacto
  • Versión impresa
  • Newsletter

© 2015 - 2025 Periódico elDinero - Todos los derechos reservados.

VERSIÓN IMPRESA

Hojee y descargue nuestra versión impresa y disfrute del contenido más relevante y mejor trabajado sobre economía y finanzas

Versión impresa #531