• Sobre elDinero
  • Contacto
  • Anúnciese
Versión Impresa
Portada de Versión impresa #557
elDinero Mujer
Portada de Edición impresa #034
Foro Económico
Periódico elDinero
Sin resultados
Ver todos los resultados
  • Finanzas
    • Banca
    • Mercado de valores
    • Finanzas personales
  • Energía
  • Industria
    • Comercio
  • Agricultura
  • Turismo
  • Global
  • Opiniones
    • Editorial
    • Cartas al Director
    • Ojo pelao
    • Observaciones
  • elDinero Mujer
  • MÁS
    • Reportajes
    • Comercio
    • Actividades
    • Cine financiero
    • Entrevista
    • Desayuno Financiero
    • Laboral
    • Tecnología
    • ¿Quiénes compiten?
    • Encuestas
  • Ediciones impresas
Sin resultados
Ver todos los resultados
Periódico elDinero
  • Finanzas
    • Banca
    • Mercado de valores
    • Finanzas personales
  • Energía
  • Industria
    • Comercio
  • Agricultura
  • Turismo
  • Global
  • Opiniones
    • Editorial
    • Cartas al Director
    • Ojo pelao
    • Observaciones
  • elDinero Mujer
  • MÁS
    • Reportajes
    • Comercio
    • Actividades
    • Cine financiero
    • Entrevista
    • Desayuno Financiero
    • Laboral
    • Tecnología
    • ¿Quiénes compiten?
    • Encuestas
  • Ediciones impresas
Sin resultados
Ver todos los resultados
Periódico elDinero
Sin resultados
Ver todos los resultados
Inicio
Opiniones
La Escuela Económica

La pensión de los fallecidos en accidentes de trabajo

Esteban DelgadoPorEsteban Delgado
10 junio, 2021
en La Escuela Económica
Whatsapp
Facebook
Twitter
Telegram

En nuestra entrega de la semana pasada nos referimos a que cuando un trabajador formal cotizante activo muere, sus familiares tienen derecho a una pensión por sobrevivencia hasta que su hijo menor cumpla los 18 años o 21 años si es estudiante y no se ha casado, así como para su viuda de matrimonio o unión libre reconocida.

En caso de que los hijos ya sean mayores de edad, entonces la administradora de fondos de pensiones (AFP) no concede la pensión por sobrevivencia, sino la devolución en un solo pago de los fondos acumulados por el trabajador fallecido a sus herederos legales.

Sin embargo, la cotización de los trabajadores activos incluye una partida que se destina al seguro de riesgos laborales (SRL), que es administrado por el Instituto Dominicano de Prevención y Protección de Riesgos Laborales (Idopril), el cual ofrece cobertura, aparte del seguro familiar de salud (SFS) y de los recursos de la AFP al trabajador cuando tiene una enfermedad laboral o accidente laboral, incluso, si ese accidente es en el trayecto de su casa a su trabajo o de retorno.

Entonces, cuando un trabajador formal cotizante activo muere en un accidente de trabajo o por una enfermedad laboral demostrada, su familia tiene el derecho a una pensión por sobrevivencia bajo las mismas condiciones que se establece con la AFP, pero en ese caso el aporte corre por cuenta de la ARL.

Usted se preguntará, ¿si la pensión por sobrevivencia para la familia de un trabajador activo que muere en un accidente de trabajo se otorga por la ARL, qué pasa con los fondos acumulados en la AFP?

En ese caso, los fondos acumulados en la AFP no se pierden, sino que se devuelven a sus herederos en un solo pago, independientemente de que sus hijos sean menores de edad.

El punto es que, cuando la muerte del trabajador cotizante activo es por un accidente de trabajo, su familia obtiene un doble beneficio: la pensión por sobrevivencia proveniente de la ARL y la devolución de los fondos acumulados hasta ese entonces en su AFP.

En cambio, si el trabajador cotizante activo fallece en otras circunstancias, fuera de su ejercicio laboral, entonces su familia solo hereda la pensión por sobrevivencia o la devolución de los fondos de la AFP.

Es bueno que los familiares de trabajadores cotizantes activos que han fallecidos estén claros en la forma en que falleció su pariente, para diferenciar si fue en circunstancias externas a su labor o si fue por un accidente o enfermedad de trabajo.

También deben tomar en cuenta que para los fines correspondientes, se considera accidente de trabajo no solo cuando ocurre en el momento en que el trabajador está realizando su labor, sino que se considera como tal si la muerte se produce en el trayecto desde su casa hacia su lugar de empleo o en el camino de retorno al terminar su jornada.

Las AFP tienen una lista de poco más de 48,000 trabajadores cotizantes activos que fallecieron y sus familiares no han hecho el procedimiento para procurar la pensión por sobrevivencia o la devolución de los fondos, si aplica, por lo que la Asociación Dominicana de Administradoras de Fondos de Pensiones (ADAFP) ha colocado la lista de esos trabajadores en su web donde se especifica la AFP a la que pertenecían.

De esa forma, la familia puede ir a la AFP en la que estaba afiliado su pariente empleado fallecido y procurar la información necesaria para proceder con el reclamo, siempre tomando en cuenta que si la muerte fue por un accidente o enfermedad laboral, también debe ir al Idopril para los mismos fines.

El derecho a la pensión de sobrevivencia es para el cónyuge del empleado o empleada, para sus hijos menores de 18 años o hasta 21 años si es estudiante activo y no se ha casado. En caso de que haya un hijo discapacitado, la pensión por sobrevivencia sería permanente.

Si la familia no cumple con esas condiciones, entonces la AFP le devuelve los recursos acumulados en un solo pago a sus herederos legales, no como pensión, para lo cual deben llenar una serie de requisitos.

Archivado en: Accidentes laboralesfondos de pensionesPensión de los fallecidos
Esteban Delgado

Esteban Delgado

Periodista especializado en economía y finanzas. Catedrático universitario de redacción, investigación de la comunicación y periodismo digital.

Otros lectores también leyeron...

Finanzas personales

Fondos de pensiones: ¿Invertir en el extranjero fortalecería o pondría en riesgo el ahorro previsional de los trabajadores dominicanos?

10 septiembre, 2026
Opiniones

Pensión mañana, empleo hoy: la lógica detrás de las AFP

3 septiembre, 2026
Raúl Hernández Báez destaca importancia de la diversificación de la inversión.
Finanzas

Hernández Báez aboga por diversificar inversión de fondos de pensiones

2 septiembre, 2026
Opiniones

Por qué tu AFP no te deja elegir el riesgo

20 agosto, 2026
Opiniones

El día que no quepa el dinero (Fondos de pensiones)

6 agosto, 2026
La inversión en estas plazas representa el 4.7% del del monto total y el 13.7% de la cantidad de proyectos.
Finanzas

Plazas comerciales hechas con fondos de pensiones

23 julio, 2026
Siguiente publicación

¿Estamos entrando al nuevo mundo de las inversiones?

Las más leídas

  • República Dominicana duplica importación de pollo en cuatro años; producción local crece 52.6%

    compartidos
    Compartir
    Tuit
  • Muere el magnate haitiano Gilbert Bigio, dueño de una empresa de combustibles en República Dominicana

    compartidos
    Compartir
    Tuit
  • Gobierno tomará prestados RD$464,126 millones para cubrir presupuesto del 2027

    compartidos
    Compartir
    Tuit
  • Valdez Albizu se reúne con delegación de funcionarios del FMI

    compartidos
    Compartir
    Tuit
  • Morosidad de tarjetas de crédito se redujo en el último año, de acuerdo con la SB

    compartidos
    Compartir
    Tuit

Periodismo económico y financiero responsable

EDITORIAL CM
Edificio Corporativo MARTÍ
Rafael Augusto Sánchez, esquina Winston Churchill,
Ensanche Piantini, Santo Domingo, RD.

Newsletter

  • Sobre elDinero
  • Hacemos esto…
  • Contacto

© 2015 - 2026 Periódico elDinero - Todos los derechos reservados.

Sin resultados
Ver todos los resultados
  • Finanzas
    • Banca
    • Mercado de Valores
    • Finanzas personales
  • Energía
  • Industria
  • Agricultura
  • Turismo
  • Mercado global
  • Opiniones
  • elDinero Mujer
  • Contacto
  • Versión impresa
  • Encuestas
  • Newsletter

© 2015 - 2026 Periódico elDinero - Todos los derechos reservados.

VERSIÓN IMPRESA

Hojee y descargue nuestra versión impresa y disfrute del contenido más relevante y mejor trabajado sobre economía y finanzas

Versión impresa #553