• Sobre elDinero
  • Contacto
  • Anúnciese
Versión Impresa
Portada de Versión impresa #557
elDinero Mujer
Portada de Edición impresa #034
Foro Económico
Periódico elDinero
Sin resultados
Ver todos los resultados
  • Finanzas
    • Banca
    • Mercado de valores
    • Finanzas personales
  • Energía
  • Industria
    • Comercio
  • Agricultura
  • Turismo
  • Global
  • Opiniones
    • Editorial
    • Cartas al Director
    • Ojo pelao
    • Observaciones
  • elDinero Mujer
  • MÁS
    • Reportajes
    • Comercio
    • Actividades
    • Cine financiero
    • Entrevista
    • Desayuno Financiero
    • Laboral
    • Tecnología
    • ¿Quiénes compiten?
    • Encuestas
  • Ediciones impresas
Sin resultados
Ver todos los resultados
Periódico elDinero
  • Finanzas
    • Banca
    • Mercado de valores
    • Finanzas personales
  • Energía
  • Industria
    • Comercio
  • Agricultura
  • Turismo
  • Global
  • Opiniones
    • Editorial
    • Cartas al Director
    • Ojo pelao
    • Observaciones
  • elDinero Mujer
  • MÁS
    • Reportajes
    • Comercio
    • Actividades
    • Cine financiero
    • Entrevista
    • Desayuno Financiero
    • Laboral
    • Tecnología
    • ¿Quiénes compiten?
    • Encuestas
  • Ediciones impresas
Sin resultados
Ver todos los resultados
Periódico elDinero
Sin resultados
Ver todos los resultados
Inicio
Opiniones
EconoLegales

Luces y sombras de la ley de extinción de dominio

Jaime SeniorPorJaime Senior
5 agosto, 2021
en EconoLegales
Whatsapp
Facebook
Twitter
Telegram

El proyecto de ley de extinción de dominio ha sido uno de los más discutidos en las últimas semanas, ya que ha habido varios legisladores y funcionarios que han manifestado que la puesta en vigencia de una ley en este sentido es un imperativo nacional. Sin embargo, el proyecto de ley que actualmente cursa en el Senado de la República adolece de serias carencias que pueden poner en entredicho la seguridad jurídica dominicana y deben ser corregidas antes de su aprobación.

La necesidad de una ley de extinción de dominio nace producto de casos penales de principios de este siglo, cuando personas extraditadas a los Estados Unidos para cumplir condena regresan a este país luego de haberlas cumplido, y continúan gozando de bienes adquiridos de manera ilícita. Como en este país nunca se produjo una condena de ninguna naturaleza -sencillamente fueron condenados y cumplieron pena en otra nación- no existe una herramienta para decomisar los bienes de esa persona en República Dominicana.

La extinción de dominio es una herramienta jurídica que existe en numerosos países y básicamente consiste en la posibilidad de que el Estado, a través de diversos mecanismos, pueda incautar o decomisar bienes que -en principio- son adquiridos producto de infracciones. Queda claro que la intención de esta norma es positiva, pues resulta injusto e incorrecto que una persona que haya adquirido cuantiosos bienes producto de actividades ilícitas pueda continuar gozando de ellos.

Pero la extinción de dominio no carece de críticas, muchas de las cuales apuntan a la experiencia en países desarrollados, donde las instituciones encargadas de realizar estas actividades han abusado de esas facultades. Es precisamente por el amplio poder que concede esta herramienta que se requiere de una supervisión judicial eficaz y completa.

Lamentablemente, el proyecto de ley no contiene suficientes elementos de salvaguarda para prevenir que se convierta en una herramienta de potencial uso de manera ilegítima por los encargados de su aplicación. En primer término, la ley invierte la carga de la prueba, al exigir que el encausado pruebe la “procedencia lícita” de los bienes; esto es contrario a todos los principios normativos de derecho acusatorio, en el cual el Estado, con todos los recursos de que goza, es quien tiene el fardo de la prueba, mientras que en este caso, es el acusado que debe probar lo contrario.

Por otra parte, el proyecto de ley pretende que la acción sea imprescriptible (es decir, no sujeta a ninguna limitación en el tiempo), e independiente de cualquier otra acción o la suerte de la misma. Es decir, aunque el encausado haya obtenido ganancia de causa en materia civil, penal o administrativa, la extinción de dominio puede hacer caso omiso a esa otra sentencia y entablar un proceso paralelo que no estaría sujeto a ninguna otra limitante.

Aunque es necesaria una ley de esta naturaleza, el proyecto que actualmente se está conociendo adolece de serios vicios que deben dar lugar a que sea replanteado y mejorado. De lo contrario, la seguridad jurídica en el país correrá la suerte de las buenas o malas intenciones de los funcionarios de turno encargados de aplicar esta ley.

Archivado en: ley de extinción de dominio
Jaime Senior

Jaime Senior

Otros lectores también leyeron...

Luis Abinader
Noticias

Abinader promulga Ley de Extinción de Dominio

28 julio, 2022
Noticias

Participación Ciudadana pide al Senado aprobar Ley de Extinción de Dominio

25 julio, 2022
Alfredo Pacheco
Noticias

Diputados dan su aprobación final al proyecto de ley de extinción de dominio

23 julio, 2022
EconoLegales

La inconstitucionalidad de la Ley de Extinción de Dominio

14 julio, 2022
Noticias

Bancos respaldan creación de la Ley de Extinción de Dominio con algunas recomendaciones

30 junio, 2022
El presidente Luis Abinader durante la rendición de cuentas en la Reunión Conjunta del Congreso.
Reportajes

Ley de Extinción de Dominio incluye al sector privado dominicano

4 marzo, 2022
Siguiente publicación

Emprendedor, tu ingreso va en el costo, no en las ganancias

Las más leídas

  • República Dominicana duplica importación de pollo en cuatro años; producción local crece 52.6%

    compartidos
    Compartir
    Tuit
  • Muere el magnate haitiano Gilbert Bigio, dueño de una empresa de combustibles en República Dominicana

    compartidos
    Compartir
    Tuit
  • Gobierno tomará prestados RD$464,126 millones para cubrir presupuesto del 2027

    compartidos
    Compartir
    Tuit
  • Valdez Albizu se reúne con delegación de funcionarios del FMI

    compartidos
    Compartir
    Tuit
  • Morosidad de tarjetas de crédito se redujo en el último año, de acuerdo con la SB

    compartidos
    Compartir
    Tuit

Periodismo económico y financiero responsable

EDITORIAL CM
Edificio Corporativo MARTÍ
Rafael Augusto Sánchez, esquina Winston Churchill,
Ensanche Piantini, Santo Domingo, RD.

Newsletter

  • Sobre elDinero
  • Hacemos esto…
  • Contacto

© 2015 - 2026 Periódico elDinero - Todos los derechos reservados.

Sin resultados
Ver todos los resultados
  • Finanzas
    • Banca
    • Mercado de Valores
    • Finanzas personales
  • Energía
  • Industria
  • Agricultura
  • Turismo
  • Mercado global
  • Opiniones
  • elDinero Mujer
  • Contacto
  • Versión impresa
  • Encuestas
  • Newsletter

© 2015 - 2026 Periódico elDinero - Todos los derechos reservados.

VERSIÓN IMPRESA

Hojee y descargue nuestra versión impresa y disfrute del contenido más relevante y mejor trabajado sobre economía y finanzas

Versión impresa #553