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El financiamiento de los partidos políticos

Jaime M. Senior Fernández Por Jaime M. Senior Fernández
16 septiembre, 2021
en EconoLegales
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La problemática del financiamiento de los partidos políticos vuelve a la palestra pública ante las graves imputaciones realizadas en conexión con la denominada “Operación Falcón”, en la que se alega que estructuras criminales financiaban las campañas de políticos dominicanos. Sin embargo, este tema no es nuevo, ha surgido en varios momentos y en contextos de debates nacionales, sin que se haya logrado una resolución satisfactoria al mismo.

En primer lugar, hay una reciente ley de partidos políticos que establece topes máximos de donaciones por personas, prohíbe las donaciones por sociedades y requiere que los partidos lleven registros de sus donaciones y donantes. No obstante, como ha sido reportado en la prensa en numerosas ocasiones, estas previsiones no están siendo observadas de manera cabal, ni tampoco se está fiscalizando su cumplimiento.

Aunque es cierto que estas disposiciones son un buen punto de partida, y se deben aplicar de manera taxativa, también lo es que las mismas normas pudieran ser más robustas y completas. En este sentido, en nuestro país se financia, de manera parcial, a los partidos políticos con fondos públicos, pero no queda clara la relación entre este financiamiento del Estado y las limitaciones de financiamiento privado, otro aspecto que debe ser normado, aclarado y que forma parte de una completa normativa en la materia.

En otro orden, en conexión con los debates de la ley de prevención de lavado de activos en el año 2017, algunos juristas propusieron que los partidos políticos fuesen clasificados como “sujetos obligados” para fines de la ley.

No obstante, hubo una feroz oposición de parte de varios segmentos de la vida nacional (y en particular de los partidos políticos), alegando que no era necesario designarlos como sujetos obligados ya que a través de estos no se “lavaban” fondos.

Sin embargo, el tiempo ha dado la razón a aquellos que han clamado porque los partidos sean designados como sujetos obligados, ya que, efectivamente, a través de algunos, se han presuntamente dado casos donde el dinero ilícito ha sido utilizado para comprar influencia y poder político. De hecho, no necesario modificar la ley para estos fines; ella establece que el consejo encargado de aplicarla puede designar otros entes como sujetos obligados mediante resolución.

Uno de los elementos de mayor dificultad para implementar y, en ciertos estamentos, discutir este tipo de propuesta es que es una especie de crítica al mismo sistema de partidos que ha llevado a los legisladores y otros representantes electos nacionales a sus respectivas posiciones.

Pero es una conversación necesaria, pues la integridad del sistema de partidos políticos es de primordial importancia para la institucionalidad y democracia de República Dominicana, pues es a través de estas entidades que surgen los representantes electos en nuestro país.

Si no nos abocamos a mejorar el sistema de control de financiamiento de partidos políticos, las consecuencias pudieran ser muy serias para nuestro país y nuestro futuro.

Archivado en: financiamiento de los partidos políticosLavado de activosPartidos políticos
Jaime M. Senior Fernández

Jaime M. Senior Fernández

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