Los impuestos a los servicios ofrecidos a través de plataformas digitales son una realidad en diversas ciudades y naciones alrededor del mundo. Al menos una veintena de países, además de la Unión Europea, han aprobado leyes que gravan las actividades económicas que se reciben u ofrecen por esta vía.
En América Latina ya hay dos casos: Chile, que introdujo un impuesto al valor agregado (IVA) de un 19%, que será aplicado tras el registro del vendedor no residente, o en forma de retención por parte de proveedores de pago, incluidas las compañías de tarjetas de crédito, y México, de un 16% aplicado a los vendedores no residentes, que deben tener un representante fiscal local.
En lo que respecta a República Dominicana, ya hemos escrito acerca de esto en más de una oportunidad. La primera vez que el tema fue ventilado en la opinión pública dominicana fue en agosto de 2019 cuando ya muchas naciones lo habían aplicado.
De nuevo, en momentos en que la administración de Luis Abinader necesita de más recursos y ha echado para atrás dos reformas al sistema tributario, el tema vuelve a ser noticias, pues la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo han abierto una convocatoria a los ciudadanos a participar en la discusión pública del proyecto de “Reglamento que regula el procedimiento para la aplicación del ITBIS a los servicios digitales captados en República Dominicana y que son prestados por proveedores del exterior”.
En la Unión Europea funciona de la siguiente manera: La ley exige tener al menos dos pruebas del lugar de donde se produce la operación, las cuales podrían ser su dirección de facturación, su dirección IP, la localización del banco a través del que se ha pagado y el país de la tarjeta SIM. Como se ve, siempre hay fórmulas para aplicar el impuesto. La cuestión es saber cómo cobrarlo sin que el consumidor salga afectado.
Lo que sí está lo suficientemente explícito es que los consumidores podrían ser los que carguen con la peor parte. Un ejemplo de esto es Nueva York. Si pagas US$11.60 por un servicio en Uber en las calles de esta ciudad, debe saber lo siguiente: La tarifa base son US$9.91, a lo que hay que sumarle una tarifa por congestión del tránsito por US$2.75 (27.75%), un fondo de Uber Black en Nueva York, equivalente a US$0.42 (4.24%) y un impuesto estatal sobre las ventas por US$0.70 (7.06%).
Quiere decir, entonces, que el precio final que paga el usuario de esta plataforma carga con tres costos adicionales, entre los que hay un gravamen estatal y una tasa que dependerá de si el tránsito está congestionado o no.
Habría que ver qué hará el gobierno dominicano con la propuesta de gravar los servicios digitales adquiridos a través de las plataformas como Uber, Netflix, Amazon, InDriver y otras. Es verdaderamente cierto que el gobierno necesita recursos para enfrentar los retos financieros, especialmente ahora que la pandemia y la crisis internacional de precios se han combinado con la crisis entre Ucrania y Rusia. Sin embargo, no se puede negar que la clase media, generalmente la que consume estos servicios, posiblemente no aguante mucho. Lo ideal sería que se busquen fórmulas para que sean las empresas las que paguen. Sugiero a las autoridades ponderar alternativas que no castiguen a los usuarios.