El proyecto de ley de ordenamiento territorial es imperativo para el sano desarrollo de República Dominicana, ya que, además de ser un mandato constitucional, es un instrumento que debería darnos las herramientas necesarias para mejorar el sistema de uso de suelo y permisos relacionados. Sin embargo, el proyecto de ley que cursa en el Senado de la República adolece de vicios que requieren ser examinados y mejorados antes de que sea aprobado.
En primer lugar, contempla conceder demasiadas facultades a los municipios para clasificar el suelo y determinar el uso que se le puede dar. Aunque el Artículo 199 de la Constitución hace referencia a que los municipios tendrán ciertas potestades relativas a la determinación del uso de suelo, es la ley que debe definir el alcance de estas.
En la actualidad, existen 158 municipios en la República Dominicana, y hablar de ordenamiento territorial, es decir, clasificación de uso de suelo, permisos asociados con estos, monitoreo, y otras tareas conexas, requiere de entrenamiento y capacitación especializada. No es realista pensar que tantos municipios podrán contar con departamentos y personal con los conocimientos especializados para la materia.
De hecho, actualmente los municipios conceden permisos de uso de suelo, no bajo el esquema de una ley de ordenamiento territorial, sino en sentido más ad hoc. La experiencia es que cada municipio tiene su criterio para la emisión de esos permisos, lo que genera situaciones de inseguridad jurídica frente a la inversiones necesarias, principalmente, por falta de uniformidad.
Además, el proyecto de ley no toma en cuenta las necesidades particulares de sectores ya muy regulados de la economía como, por ejemplo, turismo, medio ambiente, energía y minas, vivienda, entre otros; todos los cuales ya están supervisados por organismos técnicos con mucha experiencia en la materia. Cualquier plan de ordenamiento territorial -tanto a nivel nacional como local- debe estar sujeto al complemento de las normas de estas autoridades especializadas en su materia.
Por otra parte, aunque el proyecto de ley le concede al Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo (MEPyD) cierta autoridad para impulsar y publicar un plan de ordenamiento territorial nacional, no es suficientemente claro en el sentido de si este plan debe prevalecer sobre los locales.
Si vamos a concederle cierta autoridad a los municipios, debe estar sujeta a la supervisión del MEPyD y de los organismos técnicos en cada materia, de tal modo que podamos contar con un ordenamiento territorial.
En otro orden, el proyecto de ley también establece que los permisos concedidos bajo la ley que sean luego determinados a ser inválidos pueden generar responsabilidad del ciudadano que haya construido amparado en este permiso. Esto es contrario a la presunción de legalidad de los actos administrativos, y coloca en peligro las inversiones requeridas de largo plazo y cuantiosas, lo que también atenta contra la seguridad jurídica.
La Ley de Ordenamiento Territorial es necesaria para ayudarnos a continuar nuestro desarrollo como nación. Pero diversas aristas del proyecto deben ser remediadas para que logre el cometido que todos queremos.










