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Facilitar el cumplimiento tributario a las mipymes

Jaime M. Senior FernándezPorJaime M. Senior Fernández
27 March, 2025
en EconoLegales
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Uno de los grandes desafíos para la sostenibilidad a largo plazo de las finanzas públicas en nuestro país es el hecho de que parte importante de nuestra economía se mantiene categorizada como “informal”.

Por informal se refiere a que las personas que participan en la misma no cumplen con las normativas fiscales, y usualmente laborales, que se les impone. De este sector informal, las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes) merecen una especial consideración de cómo crear las condiciones para incentivar a sus participantes a formalizarse.

En consonancia con lo anterior, se ha planteado en diversas ocasiones, aunque no ha prosperado, el sistema del monotributo, con la intención y finalidad de que aplica principalmente a las mipymes. Esto es distinto al Régimen Simplificado de Tributación (RST) que existe desde ya en nuestro país -y fue un importante paso hacia delante- ya que en Argentina también existía un sistema parecido, pero el monotributo es aún más sencillo.

Quizás pueda surgir la pregunta: si ya tenemos el RST, ¿por qué necesitamos otra idea extranjera para “resolver” el mismo problema? La respuesta es que el régimen fiscal actual de República Dominicana es demasiado complicado, y al ser tan difícil cumplir con el mismo, aumenta los costos y tiende a crear un desincentivo para la formalización de empresas; esto incluyendo el RST.

Independientemente de que se promueva una reforma fiscal integral o no, debemos auspiciar reformas para crear las condiciones que aumenten la base de recaudaciones sin continuar el aumento desmesurado de tasas. El monotributo, como delata también su nombre que se traduce a “único impuesto”, conlleva al pago de un impuesto único de cuota fija mensual. Este pago único reemplaza tanto al impuesto a las ganancias (similar al ISR en nuestro país) y al de valor agregado (símil del ITBIS aquí), y al que se adiciona a las cotizaciones de seguridad social.

El monotributo no solo reemplaza el pago del equivalente al ISR y el ITBIS, sino también los otros “impuestos de carga social”, lo que constituye una verdadera simplificación de la carga de cumplimiento para las pequeñas empresas. El monto del impuesto a pagar varía según los ingresos de la empresa, y se establece de manera precisa por cada contribuyente para dar certeza en la ejecución presupuestaria de los pequeños negocios.

En cuanto a los resultados, desde que se instauró en el año 1998, ha sido un régimen de gran éxito en ese país, pese a una importante caída producida en el año 2020 por la pandemia. El monotributo se ha convertido en una institución de ese país con una expectativa de que cualquier emprendimiento o pequeña empresa tendrá una certeza en los impuestos que paga, lo que, a pesar de las dificultades económicas de esa nación, constituye un verdadero éxito e incentivo en este sentido.

Independientemente de la ausencia de una reforma fiscal integral, debemos priorizar iniciativas como el monotributo que tiendan a simplificar y abaratar el costo de cumplimiento fiscal. En este sentido, ayudar a las mipymes a formalizarse y ofrecerles un sistema de fácil cumplimiento fiscal, sería una importante paso para la sostenibilidad fiscal a largo plazo.

Archivado en: cumplimiento tributarioMipymesmonotributo
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