En las últimas semanas La Escuela Económica ha estado dedicando espacio al tema de las recaudaciones de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), especialmente en cuanto al cobro del impuesto a la transferencia de bienes industrializados y servicios (ITBIS).
Sin embargo, nuestras propuestas no van dirigidas a las grandes empresas, pues es sabido que esas unidades productivas de bienes y servicios tienen sus estructuras bien armadas para el pago de los impuestos y en ocasiones hasta para la evasión o elusión de sus obligaciones tributarias.
Nuestra visión va más dirigida hacia los consumidores finales que, como hemos dicho en anteriores entregas, son los más fieles pagadores de impuestos, porque no tienen mecanismos para evadir ni eludirlos.
Pero también nos atrae la idea de expresar por este medio algunas situaciones que afectan más a los pequeños empresarios que a los grandes y que la DGII bien pudiera contribuir para solucionarlas.
En primer lugar llama la atención el hecho de que todavía en este país las empresas se sienten muy motivadas a recibir pagos con dinero en efectivo y no mediante las vías electrónicas conocidas. Por eso no es raro que usted vaya a un comercio a comprar algo, pide rebaja y antes de darle la opción de algún descuento le preguntan cómo va a pagar, si con tarjeta o en efectivo.
Si el pago es con tarjeta no te aplican descuento alguno, pero si pagas en efectivo te descuentan entre un 5% y 15%, en ocasiones más de ahí, si a eso agregas que aceptarías una factura sin número de comprobante fiscal (NCF).
Obviamente, cuando un negocio condiciona el descuento a que le paguen en efectivo, es porque de una forma u otra está incurriendo en la evasión de impuestos. No es un secreto que su usted vende un producto y cobra en efectivo, sin una factura registrada, puede no registrar esa venta y pasa como un ingreso libre de cualquier gravamen.
Ahí toca a la DGII reforzar sus mecanismos de supervisión para enfrentar a esas empresas que todavía incurren en esa práctica de “motivación” al consumidor final a hacer cómplice de la evasión a cambio de un descuento en el precio del producto que ha de comprar.
Pero también hay una situación que está afectando especialmente a los pequeños empresarios para poder hacer sus reportes de deducción de impuestos (ITBIS) cuando hacen el reporte de compras y ventas antes del día 20 de cada mes.
Se trata de la calidad del papel y de la tinta de las facturas que emiten algunos comercios. Seguro que muchos lectores han notado que compran un artículo y reciben una factura que al cabo de un par de días se borra todo lo que en el papel se imprimió. Generalmente los pequeños empresarios guardan todas sus facturas para hacer el reporte de compras entre el 15 y el 20 de cada mes, pero cuando comienzan a sacar las facturas para revisar los NCF, montos, fechas y nombres de los comercios se encuentran con que la factura está en blanco, no se ve nada de lo impreso y, por tanto, no se puede reportar esa compra para hacer la deducción correspondiente del ITBIS.
Pero la factura es a su vez la garantía del producto que se compra, por lo que si al cabo de unos cuantos días el producto presenta un fallo, el cliente no tiene forma de reclamar la garantía si se borró.
Nuestra propuesta es simple: la DGII debería reclamar a los comercios una estandarización del tipo de papel y el tipo de tinta a utilizar en la impresión de las facturas que entregan a sus clientes, de forma que no se borren al cabo de varias horas. Esa medida no tiene complicaciones mayores y sería de gran ayuda a los pequeños empresarios y personas físicas que cada mes deben hacer sus reportes de compra y venta para pagar y deducir el ITBIS.
En esa labor también debería intervenir el Instituto de Protección de los Derechos del Consumidor (ProConsumidor), pues la factura es determinante para un cambio del producto, reclamo de devolución o la garantía del bien o servicio recibido. Si se borra, ya no sirve.










