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Sobre el reglamento cambiario

Jaime M. Senior FernándezPorJaime M. Senior Fernández
19 October, 2015
en EconoLegales
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[dropcap]A[/dropcap] nadie le debe sorprender que el Banco Central sea una de las instituciones mejor valoradas en nuestro país. Esta institución de regulación monetaria cuenta con una plana mayor que ha manejado exitosamente la salud macroeconómica del país por una década, y con un cuerpo de profesionales que se destaca por ser técnicos en sus respectivas áreas de servicio.

Hace algunos días la Junta Monetaria publicó para revisión y comentario público la nueva propuesta de Reglamento Cambiario. Se trata de la norma marco que regula las operaciones de divisas (compra y venta de dólares, euros, y otras monedas extranjeras) en el país.

Sin embargo, a pesar de la evidente calidad del personal del regulador, en este caso la propuesta de Reglamento Cambiario presenta temas que pudieran causar preocupación.

La normativa vigente dispone que los bancos y agentes de cambio podrán asumir una “posición larga” (es decir, comprar divisas para mantenerlas en su cuenta propia) por un monto equivalente hasta el 100% de su capital suscrito y pagado. En cambio, el proyecto de Reglamento Cambiario reduce esto por la mitad, es decir, al 50% del capital suscrito y pagado de la entidad.

A nuestro parecer, existen dos posibles consecuencias que podrían ser producidas por este cambio: los agentes financieros se verían obligados a vender divisas, reduciendo de esta forma la cotización de la prima; o estos mismos agentes aumentarían su capital suscrito y pagado para poder continuar manteniendo el mismo nivel de negocios en divisas (también puede ocurrir una combinación de estas dos opciones).

Por igual, el proyecto de Reglamento Cambiario elimina el plazo de cinco días laborables para que los agentes financieros regularicen cualquier incumplimiento con esta norma (dispone que lo deben hacer “inmediatamente”). Asimismo, limita a US$5 millones por día el aumento en la posición de divisas del agente, sin establecer un límite para la disminución de la misma posición.

Parece que los técnicos del Banco Central buscan una forma de reducir la presión sobre la tasa cambiaria y están recurriendo a la modificación de la normativa legal para hacerlo. El mismo proyecto dispone que la propuesta de cambio ha sido motivada por algunos “eventos de ocurrencia recientes en los cuales se ha observado una fluctuación excesiva del tipo de cambio”.

Sin embargo, nos parece que el uso de la normativa legal como una herramienta de política monetaria pudiera traer como consecuencia que a largo plazo el sistema sea menos robusto. Esto se debe a que mientras más restricciones se le imponen al mercado se reduce la capacidad auto-reguladora del mismo, lo que pudiera producir un “shock” en el mercado cambiario.

Archivado en: EconoLegalesreglamento cambiariotasa de cambio
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