Los denominados “Pasaportes de Vacunación” son un elemento de la lucha contra la pandemia, que todavía genera un importante debate de consideraciones jurídicas y sociales de gran relevancia. Si bien es cierto que la discusión sobre la obligatoriedad de la vacunación en sentido general ha ido disminuyendo (con el consenso a nivel mundial de que no se puede requerir, salvo algunas excepciones), la próxima fase de esta misma conversación será la de los requerimientos y requisitos de prueba de vacunación para acceder a lugares o servicios.
En sentido general, no hay un formato o definición de lo que constituye un “Pasaporte de Vacunación”. Sin embargo, lo que generalmente se entiende por el término es de un método fehaciente para que su portador pruebe que ha sido vacunado, también incluyendo las fechas de vacunación, si ha sido solo la primera o ambas dosis (en caso de vacunas que requieren más de una) y el tipo de vacuna administrado.
Los argumentos de las personas opuestas a los “pasaportes” son básicamente los mismos presentados en contra de la obligación voluntaria: que el estatus de vacunación o no de una persona es un elemento privado, que no puede ser impuesto por el Estado, máxime con vacunas “experimentales” (calificativo que merece ser colocado entre comillas) y que, de requerirlo, se estaría atentando contra derechos fundamentales de las personas.
En un caso muy interesante, el Consejo Constitucional de Francia hace pocos días validó el certificado (o “pasaporte”) para entrar en lugares concurridos y la vacunación obligatoria para personal sanitario. En este sentido, queda permitido en Francia la exigencia del “pasaporte”, que en ese país puede ser aportado mediante prueba covid-19 negativa reciente, certificado de vacunación completa o certificado de recuperación, para entrar en un bar o restaurante, el uso de los trenes y vuelos, así como para pacientes no urgentes y visitantes en los hospitales y los hogares de ancianos.
En otras ciudades, como el Estado de Nueva York en Estados Unidos, también se han establecido normas respecto a la obligatoriedad de aportar pruebas de vacunación para acceder a lugares públicos y para utilizar servicios. Por lo que en muchos países que han logrado avanzar en el proceso de vacunación, esta prueba fehaciente se está constituyendo como una prueba “sine qua non” para realizar actividades públicas ordinarias.
Nuestra apreciación es que, al igual que en muchos países, será el Tribunal Constitucional que tendrá la última palabra sobre la legalidad o no de esta medida. Sin embargo, al igual que muchas otras medidas que han sido adoptadas para combatir la pandemia y sus efectos, se deben colocar en la balanza los derechos individuales de privacidad e intimidad, de un lado, y el derecho de salud colectiva y desenvolvimiento de la economía, por el otro.
Si bien es cierto que este tema continuará generando un feroz debate, la conclusión lógica y razonable es que exigir este “pasaporte” para retornar a la normalidad y llevar el covid-19 a su mínima expresión es una medida acertada y cónsona con las disposiciones constitucionales relevantes, que debe ser estudiada e implementada.