Aunque no deja de ser verdad la preocupación del Gobierno por los efectos que tiene la inflación medida por el índice de precios al consumidor (IPC) sobre las personas y empresas que cada día compramos bienes y servicios, ahora con mayores costos, la realidad es que esa situación también ha beneficiado al Estado.
Ocurre que en la medida en que aumentan los precios de los productos, también se incrementan las recaudaciones del Gobierno, aunque no haya una mayor demanda de los bienes y servicios en cuestión e, incluso, aunque se reduzcan un poco las ventas.
En el caso de Aduanas, las estimaciones de ingresos iniciales para el año pasado eran de RD$137,806.1 millones y terminaron en RD$191,990.5 millones, un incremento de RD$54,184.4 millones (39.3%). Nada despreciable.
En tanto que la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) tenía una estimación inicial de ingresos para el año 2021 por el orden de los RD$485,539 millones y terminó superando esa meta en RD$121,907.4 millones (25.1%) con un total recaudado de RD$607,446.4 millones.
Pero, ¿Cómo es que las recaudaciones superaron en proporciones tan elevadas las estimaciones iniciales el año pasado, si no hubo reforma fiscal? La respuesta puede ser variada: de un lado hubo un repunte en las ventas de determinados productos, de otro lado, las agencias recaudadoras puede que hayan mejorado su eficiencia, pero la razón que más sustenta esos resultados son los incrementos extraordinarios registrados en los precios de los productos, los flejes marítimos y otros componentes.
Por ejemplo, Aduanas cobra tasas impositivas de aranceles e Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) con base en el valor FOB, que incluye, no solo el valor del producto importado, sino, además la suma del costo del transporte y los gastos administrativos de trámites para el proceso de traer la mercancía.
Es así como, sino los fletes aumentaron de precios de manera exorbitante y también las materias primas, suponga usted que un producto importado fue comprado por 10,000 dólares y debe pagar 8% de arancel y 18% de ITBIS. Si el costo de traerlo era de 2,000 dólares y el gasto aduanal de 500 dólares, entonces se suman esos valores para un total de 12,500 dólares, que paga 8% de arancel (1,000 dólares) más 18% de TIBIS que serían 2,250 dólares. El total a pagar en impuestos serían 3,250 dólares.
Pero resulta que ese mismo producto aumentó a 13,000 dólares, mientras que el transporte se colocó en 3,500 y el gasto administrativo siguió igual en 500. Ahora ese producto pasó de 12,500 dólares a 17,000, por lo que, al agregarle el 8% de arancel y 18% de ITIBI termina pagando de impuestos 4,420 dólares, es decir, 1,200 dólares adicionales para Aduanas, por el mismo producto, solo que más caro y con componentes de costos adicionales más elevados.
En el caso de la DGII también ha ocurrido algo similar. Todos los productos que pagan 18% de ITBIS, terminan pagando más impuestos en la medida en que el producto sube de precios.
Suponga usted que un producto costaba 100,000 pesos. El ITBIS que recaudaba el fisco era de 18,000 pesos. Pero si ese mismo producto subió a 150,000 pesos, entonces el 18% de ITBIS ahora equivale a 27,000 pesos, es decir, un mayor ingreso para el Estado por el mismo producto vendido.
En ambos casos, no hubo un aumento en los volúmenes importados ni en los volúmenes vendidos. Si a eso se le agrega el hecho de que las ventas de muchos productos crecieron en 2021 por la recuperación económica y apertura de los negocios, tras la pandemia del covid-19, entonces se tiene la explicación de las altas recaudaciones captadas por DGII y Aduanas durante el pasado año, alimentadas, principalmente, de los aumentos de precios de los productos y de los incrementos registrados en los fletes de transporte marítimo.
Por lo anterior, se justificaría el hecho de que el Gobierno les devuelva un poco a los consumidores de ese aprovechamiento que le ha sacado a los altos precios aplicando compensaciones o subsidios a determinados bienes, como los combustibles, sin decir que es un “sacrificio” fiscal, pues en realidad, no lo es.