Uno de los principales sectores de la economía por el cual es conocido nuestro país es el turismo, el cual no solo ha sido un motor de crecimiento económico a través de los años, sino que también ha servido para ayudarnos a enfrentar el mundo poscovid-19. No obstante, a pesar de la importancia del sector, las leyes y otras normas que lo regulan son muy anticuadas y no responden a las nuevas exigencias del mercado internacional, por lo que se deben modernizar para continuar desarrollando el sector.
La Ley Orgánica de Turismo data del año 1969, prácticamente al nacimiento del jet como medio de transporte y, aunque ha habido importantes normas promulgadas posteriormente como la esencial Ley 158-01 que estableció el Confotur y que contribuyó al despegue del sector durante los últimos 20 años, este marco legislativo es inadecuado para el día de hoy. Aunque el Ministerio de Turismo y las otras autoridades competentes dictan regulaciones y toman medidas de tiempo en tiempo para viabilizar proyectos turísticos, sin una ley moderna, el sector puede perder oportunidades.
Hay varios aspectos que pudieran ser revisados. Uno de los primeros es viabilizar la estructura legal de los grandes proyectos turísticos privados. Muchos se desarrollan al amparo de una “declaración maestra” o “contrato colectivo” entre los propietarios, el cual no ofrece suficiente seguridad jurídica, ya que deben ser respaldados por una ley que los regule. En estos proyectos, todas las residencias quedan sujetas a la misma regulación común, asegurando la uniformidad y valor en el proyecto. Otro elemento que ha sido muy comentado es de incluir la figura del tiempo compartido (time sharing), ya que es una estructura común alrededor del mundo, pero no es reconocida en nuestro país y, como corolario de esto, la regulación de nuevas modalidades de alquiler a través de plataformas vía Internet.
La modalidad de time sharing es distinta a nuestro ordenamiento jurídico, pues implica la titularidad parcial de un determinado inmueble por tiempo determinado, sujeto a ciertas condiciones contractuales. Mientras que las plataformas han sido elementos novedosos que si bien deben ser reconocidos, también merecen ser regulados.
Por igual, nos hace falta un régimen expreso en ley de derechos y obligaciones más claros respecto a los resorts y turoperadores frente a sus clientes. Aunque los reguladores del sector, así como el derecho común, han establecido algunas normas en este sentido, urge un marco más amplio y comprensivo. Esto redundaría en beneficios para ambas partes: los operadores tendrían reglas claras que pueden cumplir, en vez de sujetarse al criterio establecido caso por caso, y los clientes también tendrían claridad frente a las normas que les protegen.
El Congreso Nacional tiene mucha actividad legislativa, con proyectos de importancia para el país. No obstante, el sector turismo debe ser una prioridad legislativa en vista de su importancia para la economía y el futuro de nuestro país. La meta de esta revisión, que se debe realizar con calma, pero con miras a lograr resultados, es de adecuar y actualizar las normas legales en la materia para incentivar el crecimiento del sector.