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El porte y tenencia de armas de fuego

Jaime M. Senior Fernández Por Jaime M. Senior Fernández
9 junio, 2022
en EconoLegales
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Los violentos hechos ocurridos durante las últimas semanas, entre los cuales está el vil crimen en Uvalde, Texas, en el que resultaron muertos 19 niños y dos maestras; y el horrendo asesinato del ministro dominicano de Medio Ambiente, Orlando Jorge Mera, han traído a colación nuevamente el tema de la sobreabundancia de armas en la población civil. Si bien el desarme total es un objetivo muy difícil de lograr, la efectiva regulación del porte y tenencia de armas de fuego constituye una necesidad imperante para la paz social y el bienestar nacional.

Antes de comentar los aspectos legales, es menester reflexionar sobre los pronunciamientos de algunas personas en el sentido de que “las armas no matan, las personas son las culpables” y comentarios similares. Es cierto que como sociedad debemos hacer un trabajo importante de eliminar el estigma que sienten algunos por tratamientos sicológicos, pues este componente no deja de tener importancia en lo acontecido en muchas acciones criminales, pero el fácil acceso a las armas es lo que permite que un evento lamentable pase, potencialmente, de algunos heridos a una tragedia en masa.

En algunos países, como Estados Unidos, el derecho de acceso a las armas de fuego tiene protección constitucional (su está sujeto a discusión), independientemente de las consecuencias del mismo. No obstante, en países como el nuestro -no solo República Dominicana, sino muchos otros- este “derecho” debe ser regulado, muy limitado y sujeto a estrictos controles, algo que, lamentablemente, no ocurre.

En nuestro país, algunos señalarán la Ley 631-16, que data del año 2016, que sustituyó la infame Ley 36 de 1965 -promulgada apenas un mes después de haber concluido la revuelta de abril- y dirán que contamos con un marco normativo moderno y que solo necesitamos aplicarlo correctamente. En muchos sentidos, estas personas tendrían la razón, pues la ley exige, conforme su texto, una aplicación “restrictiva” y toda solicitud de porte de armas debe ser “justificada” por una “necesidad actual, concreta y verificable”.

A pesar de los términos de la citada ley, la realidad es que obtener un permiso de porte y tenencia de armas en República Dominicana todavía resulta muy fácil y, más aún, hay personas dedicadas a canalizar estos permisos, es decir, los famosos “buscones”. De nada sirve tener una ley ejemplar si su aplicación resulta poco confiable y, de hecho, inconsistente con sus mismos términos.

En un sentido mayor, sería extemporáneo pedir un desarme total de la población civil, en un momento en que la seguridad ciudadana se ve objeto de fuertes cuestionamientos por actos criminales que azotan a la población. No sería exitoso ningún llamado en este sentido al menos que permee un sentido de seguridad y tranquilidad en el país. República Dominicana no es ni será Suiza, una famosa comparación que se remonta hacia décadas atrás.

Pero si no reflexionamos y tomamos acciones sobre temas como la salud mental, aplicación estricta de la ley de porte y tenencia de armas y mejorar la seguridad ciudadana, el volátil cóctel de factores que dan lugar a tragedias como la acontecida esta semana en el país, nunca cambiará.

Etiquetas: ArmasTenencia de armasViolencia
Jaime M. Senior Fernández

Jaime M. Senior Fernández

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