[dropcap]E[/dropcap]l año pasado el Gobierno central elaboró un Presupuesto General de Estado ascendente a RD$630,934 millones, de los cuales RD$16,995 millones se destinaron a las unidades más básicas de gobierno local, los municipios y distritos municipales. Esa cantidad implica una participación de 2.69% dentro de todos los gastos proyectados por el Estado dominicano.
De ese monto, RD$16,145 millones fueron a las alcaldías, mientras que RD$849 millones para la Liga Municipal Dominicana.
La alcaldía con mayor asignación es la del Distrito Nacional, la cual recibió RD$1,554 millones el año pasado, según la Dirección General de Presupuesto (Digepres).
Los ayuntamientos con menores asignaciones reciben RD$8,282,350; mayormente corresponden a pequeños distritos municipales.
Los cabildos de Santo Domingo sumaron RD$3,394 millones, casi el doble de los RD$1,617 millones que recibe Santiago.
Según la legislación vigente, los ayuntamientos deben seguir una estructura de gasto. El 25% tiene que destinarse a gasto de personal fijo o temporal, 31% para la realización de actividades y el funcionamiento y mantenimiento ordinario de los servicios municipales de su competencia que prestan a la comunidad, el 40% para obras de infraestructura, adquisición, construcción y modificación de inmuebles y adquisición de bienes muebles asociados a esos proyectos, y un 4% dedicado a programas educativos, de género y salud.
Las funciones propias o exclusivas de los ayuntamientos o alcaldías son el ordenamiento del tránsito de vehículos y personas en las vías urbanas y rurales. Además tiene que crear normas y gestionar el espacio público urbano y rural. Los incendios son otra de las prerrogativas de los ayuntamientos mediante la realización de obras de prevención, extinción de incendios y financiamiento de las estaciones de bomberos.
También tiene que ocuparse del ordenamiento del territorio, del planeamiento urbano, la gestión del suelo. Además tienen que normar y gestionar el mantenimiento y uso de las áreas verdes, parques y jardines municipales.
Además tiene que garantizar la protección y la higiene y salubridad públicas para garantizar el saneamiento ambiental. La construcción de infraestructuras y equipamientos urbanos, pavimentación de las vías públicas urbanas, construcción y mantenimiento de caminos rurales, construcción y conservación de aceras, contenes y caminos vecinales.
También tienen que velar por la preservación del patrimonio histórico y cultural del municipio, la construcción y gestión de mataderos, mercados y ferias, construcción y gestión de cementerios y servicios funerarios, instalación del alumbrado público, limpieza vial y ornato público, además de la recolección, tratamiento y disposición final de residuos sólidos.
Otras de las funciones propias de los cabildos son ordenar y reglamentar el transporte público urbano, la promoción, fomento y desarrollo económico local.
“Los ayuntamientos podrán ejercer como competencias compartidas o coordinadas todas aquellas que corresponden a la función de la administración pública, salvo aquellas que la Constitución le asigne exclusivamente al Gobierno Central, garantizándoles como competencias mínimas el derecho a estar debidamente informado, el derecho a ser tomado en cuenta, el derecho a participar en la coordinación y a la suficiencia financiera para su adecuada participación”, consta en la Ley 176-07 del Distrito Nacional y los Municipios.
Para velar por el cumplimiento de las funciones de los ayuntamientos, la ley establece que la Cámara de Cuentas deberá publicar cada año los resultados de las auditorias anuales realizadas a los municipios y distritos municipales en cuanto a la eficacia y eficiencia presupuestaria.
Opacidad
A pesar de las dificultades que atraviesan los cabildos para responder a sus responsabilidades con presupuestos limitados, se trata de instituciones con altos niveles e irregularidades, según ha revelado la Cámara de Cuentas.
El organismo ha detectado violaciones a la Ley 176-07, exceso de empleados, incongruencias salariales e incoherencias en el reporte de gastos.
En el caso de los ayuntamientos de los municipios La Descubierta, en Independencia, y Eugenio María de Hostos, en Duarte, en donde hay una nómina de 194 y 112 empleados, respectivamente, para una población de 8,342 y 5,488 habitantes.
La cámara ha reportado que las alcaldías destinan menos recursos de los que establece a la ley en la construcción, pues la ley ordena para este renglón una inversión igual o superior al 40% del presupuesto total. El ayuntamiento con menor inversión en este aspecto es el del Distrito Nacional, que alcanza tan solo el 17.69%.
La violación al salario mínimo se repite en al menos 47 cabildos, en donde el sueldo promedio por empleado es menor a los RD$6,000.