La extinción de dominio es un concepto que genera controversia en los países en que se ha aplicado. Ahora, ante la posibilidad de que sea implementada en República Dominicana, esta herramienta debe ser ponderada y debatida. El concepto de la extinción del domino radica en la noción de que una persona puede tener bienes adquiridos fruto de acciones fuera del marco de la ley, pero que el Estado no tiene la forma de probarlo, pero sí una legítima sospecha.
En República Dominicana se ha sometido un proyecto de ley (deberá ser reintroducido en la nueva legislatura, pues perimió al cierre de la última) que define el concepto como la “pérdida del dominio o propiedad de un bien como consecuencia de su ilicitud que procede cuando se establezca la existencia u ocurrencia de un hecho ilícito o cuando el afectado (…) estaba impedido para conocer su utilización u origen ilícito”.
Es menester notar que en esta definición, la carga de la prueba (quien debe probar el alegato) queda invertida, y es a quien se le pretende decomisar los bienes quien debe probar que no tienen procedencia ilícita, algo que representaría un cambio fundamental al sistema legal en el país.
Los proponentes del concepto resaltan los casos en que claramente una persona ha acumulado una gran fortuna de evidente procedencia ilícita, pero el Estado no cuenta con las herramientas legales para probarlo. Por ejemplo, el caso de un narcotraficante apresado en República Dominicana, extraditado a Estados Unidos, donde es condenado, cumple su condena y posteriormente es deportado a nuestro país.
En este antecitado caso, el imputado nunca fue condenado por un delito en el país, por lo que no procede el decomiso de los bienes ilícitos como accesorio del proceso penal que se le hubiera seguido. Por ende, resulta necesario que el Estado cuente con herramientas necesarias para decomisar bienes que claramente han sido generados por actividades ilegales.
A pesar de que se pudiera argüir que existe una legítima necesidad de establecer un marco jurídico para normar estas situaciones, no es menos cierto que la extinción del dominio público, especialmente cuando se invierte la carga de la prueba, es una herramienta que pudiera ser objeto de abusos. Este ha sido el caso en otros países, como Estados Unidos, en los que ha sido ampliamente cuestionada. Para implementarla en nuestro país, debemos primero contar con una justicia independiente y fuerte que pueda ser capaz de actuar como garante en estas situaciones.










