Casi cualquier persona que ha iniciado un negocio en República Dominicana se ha hecho esta interrogante, aunque tal vez no sea la pregunta correcta, ya que ser informal realmente no es una opción legal. La Ley 11-92 establece un impuesto sobre las rentas de fuente dominicana, con lo cual cualquier negocio realizado en el país que genere un beneficio, está gravado con este impuesto, a menos que haya una disposición contraria en la propia ley.
Es por lo anterior que muchas personas, luego de haber operado varios años de manera informal, deciden regularizarse y “estar por la ley”, pero se encuentran con la sorpresa de que deben pagar los impuestos de los últimos tres años, si es que tienen más que este tiempo con el negocio. ¿Y por qué tres años? Porque este es el tiempo que la Ley 11-92 otorga a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) para poder efectuar fiscalizaciones, estimaciones de impuestos y reclamar los mismos.
Esta situación ha creado miedo entre los nuevos comerciantes o emprendedores, primero porque supone una carga económica para la que no se han planificado, y porque por falta de conocimiento no pueden planificar correctamente. Y eso sí, los errores salen caros cuando se trata de impuestos.
¿Qué pasa si a esto le sumas el hecho de que no existe una contabilidad organizada? El negocio no tiene forma de estimar sobre una base confiable los impuestos adeudados. En estos casos abría que recurrir a los datos de terceros disponibles en la Oficina Virtual de la DGII, para declarar al menos dichos ingresos y poder regularizarse.
Tomando en cuenta que los datos de terceros provienen principalmente de personas que, al adquirir un bien o servicio, realizan un comprobante de proveedor informal para poder aprovechar el gasto, lo cual representa una mínima parte de los ingresos del negocio.
Pero bueno, lo hecho, hecho está. Si estás en esta situación, lo más recomendable es presentar las declaraciones que sean requeridas por la DGII con la mejor estimación que puedas de tus ingresos y gastos y hacer un acuerdo de pago, aunque en este último caso, recomendaría más un préstamo bancario si tienes acceso al mismo, ya que los intereses son más bajos que los de la DGII.
Por el otro lado, una vez formalizado el negocio, lo más recomendable sería llevar en orden tanto las ventas como los gastos, y que estos últimos estén siempre atados a un número de comprobante fiscal válido.
Durante todo el proceso de decisión e, incluso, previo a la decisión de formalizarte, instrúyete sobre cuáles serían tus obligaciones fiscales, cuánto sería el monto de impuestos y penalidades atrasadas que deberías pagar al momento de registrarte en la DGII y, si es posible, cuenta con la ayuda de un buen asesor fiscal.