Los planes complementarios de pensiones para trabajadores informales o independientes permiten realizar aportes voluntarios destinados a la jubilación. Su funcionamiento es similar al de una cuenta de ahorro, en la que cada persona acumula recursos de manera gradual para fortalecer sus ingresos durante el retiro.
La propuesta de actualización de la Ley de Seguridad Social 87-01 contempla reducir de manera temporal a 15 años el período de cotización requerido para acceder a una pensión mínima. En ese contexto, el superintendente de Pensiones, Francisco Torres, explicó que las cuentas complementarias podrían servir para que los afiliados completen los requisitos exigidos por el sistema.
Según indicó, quienes no alcancen las 180 cotizaciones mínimas requeridas podrían utilizar los fondos acumulados en estas cuentas para adquirir cotizaciones adicionales. De esta manera, los recursos ahorrados (en las cuentas complementarias) podrían convertirse en tiempo de cotización dentro del sistema, con el propósito de completar los 15 años requeridos y acceder a los beneficios correspondientes.
“La cuenta complementaria podría ayudar, en primer lugar, a mejorar las pensiones, pero también permitir usos anticipados, como la adquisición de una primera vivienda. Además, serviría para recibir aportes de terceros, de manera que familiares o incluso empleadores puedan contribuir a esos fondos de ahorro para el retiro”, explicó el funcionario.
Durante una actividad celebrada en la Superintendencia de Pensiones (Sipen) para discutir el borrador de reforma de la Ley 87-01, Torres también planteó la posibilidad de que los dominicanos residentes en el exterior puedan transferir los fondos acumulados en sus cuentas de pensión hacia el país donde residen, sin tener que esperar la edad de retiro establecida en República Dominicana. El objetivo sería integrar esos recursos al sistema previsional de su lugar de residencia y fortalecer el monto de su futura pensión.
De igual forma, quienes hayan acumulado fondos para el retiro en otros países podrían trasladarlos a República Dominicana mediante las cuentas complementarias si prevén jubilarse en el país. No obstante, Torres indicó que los mecanismos para recibir recursos provenientes del exterior aún requieren mayor desarrollo normativo y operativo.
Aunque esta modalidad está disponible en República Dominicana, la discusión de una actualización a la Ley de Seguridad Social también propone la inclusión de coberturas de discapacidad y sobrevivencia, similares a las que ya reciben los trabajadores formales, calculadas sobre la base de salarios mínimos de referencia.













