[dropcap]E[/dropcap]l ordenamiento de mercado en República Dominicana está formado por una mesa de cuatro patas institucionales que han de asegurar su buen funcionamiento como garantía del desarrollo económico.
De un lado está la Oficina Nacional de Propiedad Intelectual (Onapi) para garantizar el debido registro de nombres comerciales, marcas y patentes de invención.
Para proteger a la población que demanda bienes y servicios, está el Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor (ProConsumidor), entidad que al igual que la Onapi, también ha desarrollado una labor encomiable desde su creación.
Una tercera pata de la mesa del ordenamiento de mercado es la Comisión de Defensa Comercial (CDC), que se ocupa de la defensa de los productores, productos y empresas nacionales en los procesos de comercialización de sus bienes en el exterior.
Pero la cuarta y no menos importante institución que ha de completar esa mesa es la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (ProCompetencia), una entidad creada mediante la Ley 42-08, que existe desde hace casi siete años, y cuenta con una holgada asignación presupuestaria y que, inexplicablemente, no desempeña función efectiva por la falta de un Director Ejecutivo y de un reglamento que ya está listo, pero no ha sido promulgado por asuntos burocráticos procedimentales.
ProCompetencia tiene la misión de vigilar el buen funcionamiento del mercado interno en cuanto a la competencia de las empresas, de forma que no haya acciones desleales que afecten el buen funcionamiento de los mercados y de evitar las prácticas monopólicas y oligopólicas.
Sin embargo, tres fallas fundamentales mantienen a ProCompetencia como una especie de “elefante blanco”, agotando su presupuesto en pago de elevados salarios y promoción de una “cultura de competencia”, sin realizar función ejecutiva alguna.
El artículo 31 de la ley 42-08 establece la figura del Director Ejecutivo como el funcionario llamado a dar curso a todos los expedientes, denuncias y cualquier acción que se considere perjudicial para el buen funcionamiento de los mercados.
El Director Ejecutivo debe ser designado por el Poder Ejecutivo mediante una terna que ha de presentarle el Consejo Directivo de la institución. Inexplicablemente, el Presidente de la República no ha nombrado a ese funcionario, a pesar de que el Consejo Directivo habría presentado una terna para su designación. Sin el Director Ejecutivo, ProCompetencia es una entidad sin funciones.
La segunda debilidad es el hecho de que tres de los cinco miembros del Consejo Directivo vencieron su período en el 2013 y esta es la fecha en que el Senado de la República no se ha ocupado de su sustitución o ratificación.
La tercera flaqueza de ProCompetencia es la falta de un reglamento de aplicación de su ley, debido a que su sometimiento al Poder Ejecutivo debe hacerse luego que sea renovado el Consejo Directivo y de que sea designada la Dirección Ejecutiva.
La Asociación Nacional de Jóvenes Empresarios (ANJE) se ha unido a las voces que claman por la acción del Senado de la República y del Poder Ejecutivo a los fines de que ProCompetencia se convierta en un ente operativo, que pueda instrumentar los casos que les corresponde conocer más allá del proceso interno de promoción de la “cultura de la competencia”, que es lo único que ha hecho y hace hasta ahora.
Es muy lastimoso que un sector de tanta importancia para el ordenamiento del mercado, no haya atraído la atención debida de parte de los poderes Ejecutivo y Legislativo.





