La propuesta presentada la semana pasada por el Ministerio de Trabajo, de regular el empleo doméstico, responde a una buena intención y una necesidad real de mejorar las condiciones de los trabajadores de este sector. Pero la norma propuesta no puede ser aprobada en su estado actual.
En primer término, debemos expresar que, sin lugar a dudas, los trabajadores domésticos merecen ser tratados con respeto y su labor debe ser dignificada y sujeta a normas que ofrezcan una protección adecuada. La protección que le ofrece el Código de Trabajo y la normativa vigente se ha quedado rezagada en lo relativo a las expectativas modernas en la materia.
Por esto, no debemos cuestionar la necesidad o ímpetu de regular el trabajo doméstico, pues al Ministerio de Trabajo le compete la protección laboral de todos. Sin embargo, la propuesta de norma en forma de Resolución no toma en cuenta la realidad socioeconómica dominicana, y por eso es que debe ser replanteada.
Un elemento que resulta preocupante es el tema del horario, que se propone sea limitado a ocho horas por día. No obstante, la norma no aclara la forma en que se contabilizaría este horario, ni el hecho de que el trabajo doméstico suele ocurrir por determinados tiempos, luego de tiempo de descanso, luego de tiempo laborando, y así se repite; es decir, no es un horario “regular” como ocurre en un trabajo del sector formal o privado.
Por otra parte, esta normativa, de eliminar la flexibilidad y la posibilidad de que los empleadores (familias) y empleados puedan lograr acuerdos sobre su jornada laboral y el correspondiente salario, tendría el efecto de reducir tanto el salario ofertado como la oferta misma de trabajo. Además de esto, el efecto real de ese tipo de disposición golpeará, principalmente, la participación de las mujeres en el sector empleador formal, ya que suelen ser las que asumen mayor carga de familia, lo que sería un retroceso social.
Otro aspecto es el tema de la seguridad social, pues la norma propone que las familias tengan que inscribir a los empleados domésticos en este sistema. Sin embargo, como sabemos, eso no está conceptualizado ni tiene los recursos ni facilidades para permitir que individuos y familias se “inscriban” en el mismo, como si fueran empleadores formales, y permitir que los trabajadores domésticos coticen.
Asimismo, el requerimiento de un contrato por escrito para el trabajo doméstico es contrario a las disposiciones del Código de Trabajo y la vasta mayoría de la práctica laboral dominicana. Finalmente, la norma desconoce el mismo tratado al que hace referencia, que establece que las medidas adoptadas al respecto deben ser “acordes con la práctica nacional, extendiendo o adaptando medidas existentes a fin de aplicarlas también a los trabajadores domésticos o elaborando medidas específicas para este sector”.
República Dominicana goza de estabilidad económica, política y social, y las normativas que el Gobierno pretenda promulgar deben promover eso. Esa norma representa un desconocimiento de la realidad que se vive en el país, y es contraria a los fines que perseguimos, pudiendo revertir en exactamente lo contrario de lo propuesto.