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El efecto cero de la Ley 28-01 en la reducción de la pobreza

RedacciónPorRedacción
5 July, 2018
en Editorial
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La Ley 28-01, que crea una zona especial de desarrollo fronterizo, que abarca las provincias Pedernales, Independencia, Elías Piña, Dajabón, Montecristi, Santiago Rodríguez y Bahoruco, ya cumplió 17 años y lo menos que ha logrado es su cometido: reducir la pobreza en esta zona. La intención con esta legislación quizá fue la mejor, pero sus resultados han estado distantes de lo que se esperaba.

En términos reales, además de no haber disminuido la pobreza ni la desigualdad, esta ley sólo ha servido para mermar los ingresos del Estado, permitiendo que algunas empresas se aprovechen de un paraíso fiscal para competir deslealmente con industrias similares ubicadas en otras zonas. Bajo esta realidad resulta injusto invertir en cualquier mercado, especialmente uno con las características del dominicano.

Este régimen, que es bueno repetir tuvo buenas intenciones de parte del Estado, genera distorsiones y ventajas que sitúan al sector productivo de República Dominicana en franca desventaja frente a las empresas instaladas en esa zona y las que estarían por instalarse en otras áreas del territorio nacional. No es necesario ser un científico de la Nasa o haber ganado el premio Nobel para entender que las otras empresas o industrias locales, instaladas en otras zonas, llevan las de perder y eso sí es peligroso.

Este tema sale a colación porque en estos momentos está en curso en el Congreso Nacional un proyecto de modificación de esta ley, que propone que las empresas acogidas a este régimen actualmente y las que se acojan en el futuro disfrutarán de exenciones de un 100% del pago de impuestos internos, de aranceles aduaneros sobre materias primas, equipos y maquinarias, así como cualquier tipo de impuesto durante un período de 20 años. El Estado debe tener cuidado con esta propuesta.

Pero hay más. Según el proyecto, se les otorga, además, la exención de un 50% en el pago del derecho de circulación por las vías sujetas a control y uso de puertos y aeropuertos; exoneración del impuesto de transferencia inmobiliaria en los terrenos en donde se desarrollará el proyecto calificado y la exoneración del 25% del impuesto de combustible diésel y todo tipo de energía alternativa y renovable, utilizados en los procesos de fabricación u operación del proyecto calificado. No, no y no, así no. Ningún legislador, en su sano juicio, podría aceptar esto como bueno, válido y conveniente para el Estado. Habría que preguntarse, entonces, ¿cómo competirán las otras industrias, de larga tradición y que sí aportan al desarrollo dominicano, en un escenario como este?

Y sí, hay más. Las empresas que ahora están instaladas tienen la posibilidad de acogerse a un nuevo período de hasta 20 años a todas sus exenciones. ¿En cabeza de quién puede caber una propuesta tan deshonesta? ¿Han pensado en el efecto fiscal? ¿Han consultado a Impuestos Internos para que dé su opinión? En estos momentos, señores legisladores, lo que el Estado necesita es mejorar el flujo de recursos producto de una buena gestión tributaria. Esta ley, a toda luz, no contribuye en nada con suplir esta necesidad.

Todo el mundo sabe, y muy especialmente los legisladores de esas provincias, pero también las autoridades nacionales, que las empresas que están acogidas a este régimen tienen más del 70% de sus empleados fuera de la zona fronteriza. Es de orden mencionar que en realidad República Dominicana sólo tiene cinco provincias fronterizas, que la Ley 28-01 incluyó dos más, y que las distancias geográficas en República Dominicana no justifican un régimen de exenciones con estas características.

Lo único que debe primar aquí, como en otros casos, es la sensatez.

Archivado en: EditorialFronteraLey 28-01Pobreza
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