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Cuidado con una incorrecta aplicación de la Ley Contra el Lavado de Activos

RedacciónPorRedacción
7 September, 2017
en Editorial
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[dropcap]L[/dropcap]a Ley 155-17 Contra el Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo es una de herramientas jurídicas más importantes con que cuenta República Dominicana. Es, en sí misma, una fuente que habrá de generar confianza en la economía, en sus agentes, en los organismos internacionales de crédito y evaluadores de los niveles de transparencia del país.

Con esta legislación, que sustituye a la Ley 72-02 sobre Lavado de Activos, el país no solo se está dotando de normativa moderna, más abarcadora y acorde con las exigencias internacionales, sino que cumple con las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera (GAFI) y se orienta a fortalecer la evaluación de riesgo país, mejorar las políticas preventivas y persecutorias contra la delincuencia financiera, así como a lograr resultados eficaces en la judicialización de los procesos penales contra el lavado.

De lo que se trata, de ahora en adelante, es que el Estado logre sentencias firmes y decomiso de los activos criminales. La legislación sólo espera por los reglamentos de aplicación. Pero de algo habrá que estar seguro: cuando República Dominicana cuente con la Ley de Extinción de Dominio, que se discute en el Congreso, la Justicia tendrá mayor poder de acción para combatir el delito financiero.

Los empresarios, de su lado, miran el futuro inmediato con cautela cuando se trata de esta legislación. El Conep, por vía de su vicepresidente ejecutivo, César Dargam, entiende que la ley dicta procedimientos muy rigurosos en el sector privado y para las empresas, que anteriormente no eran sujetos obligados y que ahora tienen que introducir reformas en su manera de hacer negocios. Propone, en este sentido, un período de transición en el que todos los actores entiendan claramente cuáles son los roles que les corresponden y cómo adaptarse a esa nueva disposición.

Para el presidente de la Asociación de Industrias (AIRD), Campos de Moya, el lavado de activos es una empresa criminal que afecta la economía, especialmente a quienes operan en la formalidad. “Si no contamos con instituciones fuertes y con reglas de juego claras en las que no existe la discrecionalidad ni propósitos particulares o políticos en las decisiones, si no contamos con una justicia independiente, fuerte e imparcial, esta ley podría tener repercusiones negativas en las empresas, en la facilitación de negocios y en la atracción de inversión y hasta podría convertirse en una cacería de brujas, que más que bien haga daño a nuestra sociedad”, sostiene el empresario.

Los industriales de Herrera, por igual, consideran que las exigencias que impone esta ley para la movilidad del dinero pueden traer consecuencias colaterales que afecten los negocios. La aspiración de Antonino Taveras Guzmán, al hablar en representación de la entidad, es que la legislación sea aplicada en todos los casos, que no sea una ley para perseguir empresarios que están trabajando honestamente y que, por no poder explicar en un momento determinado el movimiento de una suma de dinero, entonces se les vaya a perseguir por esto mientras que los que realmente cometan delitos se les deje sin sanción.

Lo que se concluye de estas posiciones son dos aspectos fundamentales: el primero es el apoyo que el empresario le da a la legislación porque entiende su importancia para el buen funcionamiento de la economía. El segundo aspecto es la cautela con que consideran debe aplicarse, a fin de que no cause todo lo contrario de lo que se espera.

Archivado en: EditorialLavado de activos
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